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NOTICIAS | ARTE Y CULTURA

EE.UU. falla en contra del Thyssen por la propiedad de un Pissarro

El Tribunal Supremo de Estados Unidos falló en contra del Museo Thyssen-Bornemisza por un cuadro de Camille Pissarro que fue expoliado por los nazis y que ahora se encuentra en el museo madrileño.


HOMINES.COM | [22/04/2022]

En una resolución dada a conocer el jueves pasado, el tribunal entiende que en este caso se debe aplicar, como pedían la familia Cassirer, la legislación estatal de California -donde se interpuso la primera demanda-, que impide la adquisición de un bien robado.
El Supremo, ha ordenado reabrir el caso a los tribunales inferiores y que se rijan por la ley californiana, aunque según subrayaron en un comunicado los abogados de la familia esto ya supone que irá en beneficio de los Cassirer, porque los tribunales estatales así lo dictaron en su momento.
Se trata de la obra, fechada en 1897, Rue St. Honoré, aprés-midi. Effet de pluie (Calle St. Honoré por la tarde. Efecto de lluvia), que perteneció a Lilly Cassirer, una acaudalada mujer judía que se vio obligada a desprenderse de la pieza en 1939 por 360 dólares, para conseguir un visado para poder huir de la Alemania nazi.
Tras la guerra, Lilly Cassirer reclamó por vía judicial la obra de Pissarro y en 1958 el Gobierno federal alemán la reconoció como su propietaria legal y le entregó una compensación de 120.000 marcos, y el cuadro, tras pasar por diversas manos tras la Segunda Guerra Mundial, fue adquirido en 1976 por el Barón Hans Heinrich Thyssen-Bornemisza, y en 1993 por el Gobierno español como parte de la compra de su colección privada.
Casi tres décadas después, en 2000, el cuadro fue descubierto por casualidad en la primera planta del museo por Claude Cassirer, nieto de Lilly. Cinco años más tarde, la familia demandaba en los tribunales californianos a España y al museo exigiendo su restitución. En 2013, se reabrió el caso y, en 2019 el juez estadounidense John F. Walter, basándose en que Lilly ya fue compensada en su día por el Estado alemán, desestimó la demanda según la legislación española. Según esta, se establece que si alguien adquiere de buena fe un bien se convierte en su dueño en tres años y, si lo hace con mala intención, pasa a ser su titular en seis años.
En su fallo, el juez señaló que el barón Thyssen-Bornemisza no actuó de "buena fe" al adquirir el cuadro porque no verificó su origen, pero el museo sí lo compró de "buena fe". Aún así, Walker subrayó que España tenía el deber "moral" de devolverlo a la familia, algo que el museo descartó.
La familia recurrió al Supremo para que dirimiera qué legislación debía aplicarse, si la federal -que dio la razón al museo y que tuvo en cuenta la legislación española o la estatal californiana, que impide la compra de un bien robado.
Además, la denuncia presentada por los Cassirer se basa en la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras, la cual permite litigar con otros países por propiedades expoliadas, pero el Thyssen sostuvo en su argumentación del caso que al ser un museo privado no es un instrumento del Estado español.
El Tribunal Supremo se ha decantado por la petición de la familia y entiende que se debe aplicar la ley californiana en lugar de atender a un conflicto de leyes federal. Considera que la aplicación de la ley estatal es la "única forma" de garantizar que la Fundación Thyssen, asume su responsabilidad de la misma forma que cualquier entidad privada, aunque sea propiedad del Estado español.
Es por ello por lo que “La familia cree que esto es un éxito y tienen la esperanza de que se haga justicia”, dijo el viernes a Reuters Bernardo Cremades, abogado de la Comunidad Judía de Madrid y de la Federación de Comunidades Judías de España, que ayudan a los Cassirer.

Rue St. Honoré, aprés-midi. Effet de pluie (Calle St. Honoré por la tarde. Efecto de lluvia), 1897 de Camille Pissarro
  Imagen: Rue St. Honoré, aprés-midi. Effet de pluie (Calle St. Honoré por la tarde. Efecto de lluvia), 1897 de Camille Pissarro.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 



 

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